Órgano de prensa del pueblo y la trinchera informativa de sus luchas

lunes, 15 de mayo de 2017

EL PODER SIN PODER EN EL PERÚ ACTUAL por Augusto Lostaunau Moscol *


En los últimos años, desde las ciencias sociales se han implementado algunas nuevas variables para intentar comprender la esencia del poder. Se ha planteado la existencia del Poder Ilimitado; del Poder de los Sin Poder y el Poder sin Poder. Todos estos intentos de interpretar nuevos fenómenos político-sociales a nivel mundial, siempre han reparado en entenderlos a partir de la relación entre los Estados más poderosos. Así, como indica  María Celsa Rodríguez:
“Las relaciones de poder marcaron la historia de la humanidad, sin embargo, el poder a nivel mundial se ha debilitado, ya que los líderes de hoy no tienen las capacidades, ni las cualidades para enfrentar las crisis, los problemas, ni los retos que los acorralan. Los mandatarios tienen menos poder que quienes lo precedieron. Si miramos los protagonistas de la Conferencia de Yalta, más allá del momento histórico y de su contexto geopolítico, tanto Roosevelt, Churchill y Stalin no pueden compararse con el grado de poder que hoy ostentan Obama, Cameron y Putin. Están más limitados, más debilitados”.
El ejemplo es muy claro e ilustrativo: los gobernantes de las potencias han tenido que dejar la práctica del Poder sin límites para plantear espacios de diálogo. Aunque, actualmente con Donald Trump esta primavera parece haber llegado a su fin.
Para el presente texto, no tendremos en cuenta esta forma de entender la idea de Poder si Poder, porque lo que motiva el siguiente escrito no es la relación del gobierno peruano actual con sus pares extranjeros. Lo que buscamos es destacar que, al interior del propio Perú, nuestros Poderes también han llegado a ese momento de no tener poder.
El caso específico es conocido por todos. En plena celebraciones por el Día de la Madre 2017, los medios de comunicación particulares y con intereses han informado que el causante de un accidente de tránsito que causó la muerte de una persona fue favorecido en segunda instancia por un fallo inaudito. El conductor de Tv y músico Eduardo Saettone Arróspide atropelló a la señora María Elena Coronado (69 años) en la madrugada del 23 de agosto de 2012. La víctima falleció cinco días después. La policía redactó el informe sobre el accidente indicando homicidio culposo, lo que determinó que la 39° fiscalía provincial de Lima en lo penal, lo denunciara por el mismo cargo.  Además, la fiscalía citó al conductor quien no asistió dos veces.
El 2014, Saettone Arróspide es declarado Reo Contumaz (igual que Alan García Pérez en la década de 1990). En el 2016, fue sentenciado a cuatro años de prisión efectiva, a pagar una reparación civil e impedido de por vida a conducir. El procesado no se presentó a la lectura de la sentencia pasando a la clandestinidad.
El 21 de abril de 2017, el señor Eduardo Saettone Arróspide, quien jamás asistió a las citaciones de la fiscalía; quien fue declarado Reo Contumaz y no asistió a la lectura de la sentencia pasando a la clandestinidad, es favorecido en la apelación. La prisión efectiva es dejada de lado por prisión suspendida y podrá conducir cualquier vehículo pese a que atropello a una mujer y causarle la muerte.
El señor Eduardo Saettone Arróspide ha declarado en un programa de Tv:
“Si es que yo acudía y me entregaba en esa primera instancia, estaba aceptando la sentencia y yo no la aceptaba porque era desproporcionada”
Es decir, el Reo Contumaz y clandestino determinó que la sentencia del Poder Judicial del Perú era desproporcionada” y decidió no acatarla. Entonces, el Poder Judicial del Perú decidió rebajar las condiciones de la sentencia para que el señor Eduardo Saettone Arróspide acepte la sentencia y la cumpla porque ya no es “desproporcionada”.
Entonces, surgen varias interrogantes: ¿El Poder Judicial del Perú aplicará justicia teniendo en cuenta la opinión del sentenciado? ¿El Poder Judicial del Perú aplicará justicia teniendo en cuenta el estado de ánimo del sentenciado? ¿El Poder Judicial del Perú aplicará justicia pidiendo la autorización previa del sentenciado? ¿El Poder Judicial del Perú aplicará justicia teniendo en cuenta la “PODER” del sentenciado?
Si en la década de 1970 en Cajamarca surgieron las Rondas Campesinas porque las comunidades “no confiaban” ni en la policía ni en los jueces; ¿Surgirán las Rondas Urbanas Limeñas para castigar a los choferes que atropellan y asesinan porque “desconfían” del Poder Judicial del Perú que prefiere no ser considerado “desproporcionado” por el autor de los delitos? El Poder sin Poder del Poder Judicial en el Perú es un síntoma de la grave crisis que sufre nuestro país.

*Historiador. Magister. Docente UNMSM.
COMPARTIR:

0 comentarios:

Publicar un comentario